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TITULO II
DE LA RECOGIDA DE MUESTRAS
DE UN CONTROL DE DOPAJE EN COMPETICIÓN
CAPITULO II
De la Selección
Art. 9.-- 1. En cada encuentro en que vaya a efectuarse el control, se
elegirán, por sorteo en la forma que dispone el presente artículo, dos jugadores por cada uno de los equipos.
2. El acto del sorteo estará a cargo de los médicos acreditados y tendrá lugar en el minuto 15 del segundo tiempo, estando presentes los delegados o representantes de los Clubs.
El sorteo se realizará por el equipo de recogida de muestras, garantizando imparcialidad y la confidencialidad del mismo.
3. El médico en presencia de los delegados o representantes de los Clubs, introducirá en una bolsa opaca unas bolas numeradas, de una en una, coincidiendo con el número de los dorsales que correspondan a cada uno de los jugadores del equipo local, realizándose seguidamente la extracción de una bola que corresponderá al jugador que deberá efectuar el control, y a continuación una segunda para designar el sustituto.
Esta misma operación se repetirá con el equipo visitante.
4. En supuestos de desacuerdo o ausencia de alguno de los delegados o representantes de los equipos, el médico certificará una u otra circunstancia con la firma, como testigos de las personas presentes en el sorteo.
5. El sustituto de cada equipo realizará el control de Dopaje en el supuesto de que alguno de los jugadores elegidos, sufra una lesión grave que obligue a su evacuación, y por ello, no pueda estar presente en el momento de pasar el control. Dicha circunstancia, que deberá ser suficientemente acreditada, será comunicada al encargado de la recogida de muestras por el delegado del equipo.
A continuación, se cumplimentarán las actas de notificación del control, acto en que podrán estar presentes, si lo desean, los delegados o representantes de los Clubs.
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