13.- HONORES Y RECOMPENSAS.
La Junta Directiva de la Real Federación Española de Hockey, a propuesta del Comité Nacional de Árbitros, podrá otorgar las distinciones que estime oportunas a los colegiados que por sus méritos o permanencia en el Estamento, se hicieran acreedores a ello.
La Junta Directiva de la Real Federación Española de Hockey a propuesta también del Comité Nacional de Árbitros, podrá premiar aquellos actos de especial relevancia de los Colegiados, Informadores Arbitrales, Mánagers de Árbitros, o Directivos del Estamento Arbitral, que merezcan reconociniiento público y para que sirva de estimulo a todos los pertenecientes a la misma.
El Comité Nacional de Árbitros podrá otorgar una distinción anual al mérito arbitral.
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