1.- DISPOSICIONES GENERALES.
La Organización Arbitral, esta constituida por todos los árbitros titulados que hayan formalizado su colegiación, y asimismo, por las personas que reuniendo los requisitos y condiciones previstas en las normas de régimen interno, se integran en ella para desempeñar funciones directivas, técnicas o administrativas.
Desempeñan las funciones DIRECTIVAS en la Organización Arbitral:
- El Presidente del Comité Nacional de Árbitros.
- Los miembros del Comite Nacional de Árbitros.
- Los presidentes y componentes de los comités de árbitros de cada respectiva federación territorial.
Desempeñan las funciones TÉCNICAS en la Organización Arbitral:
- LOS MIEMBROS DE LAS COMISIONES TÉCNICAS.
- LOS INFORMADORES.
- LOS PROFESORES DE LA ESCUELA NACIONAL DE ÁRBITROS.
- LOS MÁNAGERS DE ÁRBITROS.
Desempeñan las fúnciones ADMINISTRATIVAS en la Organización Arbitral.
- LOS QUE REALICEN SU FUNCIÓN EN LA ORGANIZACIÓN ARBITRAL. ( Secretario).
- LOS ASESORES.